Fuentes de la Tributación

Constitución de la República del Ecuador (2008, vigente 2025)
Es la fuente máxima que fija los principios tributarios, Impone límites al poder tributario estatal, protegiendo derechos fundamentales como la propiedad y la no confiscatoriedad, y obliga a que toda norma inferior se ajuste estrictamente a estos lineamientos.
Leyes
Incluyen el Código Tributario (vigente con reformas RO 610-2024), que define tributos como "impuestos, tasas y contribuciones especiales" (Art. 1), regula obligaciones, infracciones, caducidad y procedimientos administrativos; y la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI), que establece impuestos específicos como IVA (Art. 90: "prestaciones obligatorias sin contraprestación directa") e Impuesto a la Renta, fijando hechos generadores, bases gravables y tarifas.
Reglamentos
Son decretos supremos o resoluciones del SRI que desarrollan las leyes sin modificar su esencia, detallando aspectos operativos como plazos de pago, formularios de declaración, métodos de fiscalización y sanciones técnicas (ej. Reglamento General a la LRTI). No pueden crear tributos nuevos ni alterar tasas, respetando el principio de legalidad.
Jurisprudencia
Procede de la Corte Constitucional (sentencias sobre constitucionalidad de normas tributarias) y Corte Nacional de Justicia (casos contencioso-administrativos), estableciendo precedentes obligatorios que resuelven ambigüedades, como la aplicación de irretroactividad o equidad en casos concretos, fortaleciendo la seguridad jurídica para contribuyentes.
